Los estudiantes de escuela secundaria que tengan 16 años de edad en adelante ahora tendrán la oportunidad de participar en el proceso electoral desempeñándose como secretarios electorales en el lugar de votación durante la votación anticipada o el día de la elección. El estudiante que tenga como mínimo 16 años de edad y esté inscrito en una escuela secundaria pública o privada o en un programa escolar en el hogar y tenga el consentimiento del director (o del padre o madre/tutor legal a cargo de la educación en el programa escolar en el hogar) puede desempeñarse como secretario electoral. Los funcionarios electorales deben recibir la autorización por escrito del padre, madre o tutor del estudiante para que este se desempeñe en la elección para la cual es designado.
Este programa tiene como fin brindar a los estudiantes una mayor conciencia sobre el proceso electoral y los derechos y responsabilidades de los votantes. Los estudiantes prestarán asistencia a los funcionarios electorales ocupando puestos en los lugares de votación durante el período de votación anticipada o en el día de la elección. También pueden trabajar bajo la dirección del juez que preside el lugar de votación.
Recuerde… cuando cumpla 18 años, habrá alcanzado la edad para desempeñarse como secretario electoral regular o juez electoral.
Algunos de los beneficios de desempeñarse como secretario electoral son los siguientes:
Al trabajar bajo la supervisión del juez, los secretarios electorales estudiantiles pueden ayudar con las siguientes funciones:
Para calificar como secretario electoral estudiantil, el estudiante debe:
Sí. Por ejemplo, podría tener estudiantes que acaban de graduarse de la escuela secundaria pero aún no tienen la edad suficiente para registrarse para votar. Se necesitará contar con el consentimiento del padre, madre o tutor. En esas circunstancias, no se necesitará el consentimiento del director de la escuela secundaria.
Sí. Cuando los trabajadores electorales se comunican con un votante que no puede expresarse en inglés, un trabajador electoral estudiantil puede comunicarse con el votante en un idioma que el votante entienda.
La oficina de la Secretaría de Estado tiene un formulario de solicitud (PDF) publicado en su sitio web que puede ser utilizado por las subdivisiones políticas para los estudiantes que se postulen como secretarios electorales. Los estudiantes pueden completar la solicitud, obtener las firmas requeridas y enviar el formulario a los administradores que se desempeñan en la elección en la cual desea trabajar el estudiante. El administrador electoral proveerá a cada juez una lista de todos los trabajadores electorales estudiantiles elegibles.
El estudiante proveerá toda la información requerida directamente a los funcionarios electorales. La Student Election Worker Application and Permission Slip (PDF, 30k) [Solicitud y Comprobante de Permiso de Trabajador Electoral Estudiantil (PDF, 30k)] que los estudiantes deben completar y enviar a sus funcionarios electorales locales incluye una sección de consentimiento para el padre, madre o tutor y para el funcionario escolar correspondiente. El estudiante será responsable de obtener el consentimiento del director para desempeñarse como secretario electoral. El estudiante (y no la escuela) proveerá la información directamente a los funcionarios electorales. No será necesario que la escuela se ponga en contacto con los funcionarios electorales. Además, antes de poder desempeñarse como secretario electoral, el estudiante debe obtener el consentimiento de su padre, madre o tutor legal en la misma solicitud.
En la actualidad, el desempeño como secretario electoral se incluye en la definición de “ausencia justificada” del Código de Educación de Texas. Los secretarios electorales estudiantiles tienen derecho a recibir compensación del mismo modo que otros secretarios electorales. El funcionario electoral debe entregarle al trabajador estudiantil documentación —que puede ser una hoja de asistencia, talón de pago u otra carta o formulario— que indique que el estudiante se desempeñó como trabajador electoral, así como las horas trabajadas. No obstante, en última instancia es el estudiante quien debe asegurarse de que la escuela reciba la documentación correspondiente para que su ausencia sea justificada.
De acuerdo con el Código Laboral de Texas, la ley del estado no restringe las horas de empleo de las personas de 16 años en adelante. Las personas de 16 o 17 años no tienen restricción alguna en cuanto al número de horas o las horas del día en que pueden trabajar.
En el estado de Texas no hay leyes sobre toque de queda. Sin embargo, algunas municipalidades y tal vez condados establecen toques de queda mediante ordenanzas locales; por lo tanto, las respuestas variarían según los detalles de la ordenanza local aplicable. Es probable que la mayoría de las ordenanzas locales sobre toque de queda hagan excepciones para actividades relacionadas con la escuela o el trabajo, conforme a las cuales el servicio como secretario electoral probablemente calificaría. Además, el estudiante no estará infringiendo la ley sobre asistencia obligatoria de las escuelas porque el Código de Educación de Texas establece la ausencia justificada a causa del desempeño como secretario electoral.
En un lugar de votación no pueden desempeñarse más de dos secretarios electorales estudiantiles, con la excepción de que no puede haber más de cuatro secretarios electorales estudiantiles desempeñándose en cualquier lugar de votación en todo el condado.
Los estudiantes pueden trabajar fuera de sus precintos de origen porque los secretarios electorales no están limitados a trabajar exclusivamente en sus precintos. Los puestos en cada precinto deben ser ocupados en el orden en el cual se postulan los estudiantes, suponiendo que estos cumplen todos los requisitos. Cualquier solicitante estudiantil adicional para un precinto determinado puede trabajar en otro precinto que no tenga ya cubierto el número autorizado de puestos de secretarios electorales estudiantiles.
El secretario estudiantil puede, simplemente, rechazar la tarea (del mismo modo que cualquier otro secretario electoral voluntario al que se le ofrezca una tarea que le resulta conflictiva).