Solicitud de boleta por correo (ABBM, por sus siglas en inglés)


Usted puede obtener una solicitud formal de boleta por correo (ABBM) de las siguientes maneras:

Si usted vota en forma anticipada debido a una ausencia prevista, puede solicitar personalmente una boleta por correo antes de que comience el período de “votación en persona” anticipada (por lo general, 17 días antes de la elección). Si usted está votando por correo porque es discapacitado o tiene 65 o más años de edad, puede usar una única solicitud para pedir boletas por correo para todas las elecciones del condado en el año calendario. A tal fin, simplemente indique “Annual Application” (Solicitud para todo el año) en su pedido de boleta por correo cuando seleccione la elección para la cual está haciendo su pedido.

Si está votando en la elección primaria de un partido político, DEBE indicar la elección primaria del partido en la cual desea votar para recibir la boleta correcta.

Para votar por correo, debe proporcionar UNO de los siguientes números en su ABBM:

  • Licencia de conducir de Texas, número de documento de identificación personal de Texas o número de certificado de identificación electoral emitido por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (NO su número VUID de registro de votante); O
  • Si no se le ha emitido ninguno de los números mencionados con anterioridad, los últimos 4 dígitos de su número del Seguro Social

Si no se le ha emitido una licencia de conducir de Texas, un número de documento de identificación personal de Texas o un número de certificado de identificación electoral de Texas o un número del Seguro Social, debe indicarlo marcando la casilla correspondiente en la ABBM.

Si usted está votando por correo porque es discapacitado o tiene 65 o más años de edad, puede usar una única solicitud para pedir boletas por correo para todas las elecciones del condado en el año calendario. Podrá ver esta opción bajo la Sección 4 de la ABBM, “Send me a Ballot for the Following Elections:” (Envíenme una boleta para las siguientes elecciones:), en la cual podrá seleccionar cada elección para la cual desea recibir una boleta por correo. Si bien puede enviar esta solicitud “para todo el año” en cualquier momento del año calendario, la solicitud debe recibirse al menos 11 días antes de la primera elección para la cual usted desea solicitar la boleta por correo.

Usted puede confeccionar su propia solicitud de boleta por correo, siempre que lo haga por escrito e incluya:

  • El nombre del solicitante;
  • La dirección del solicitante;
  • El número de la licencia de conducir o de la tarjeta de identificación personal emitida por el DPS del solicitante, o si a este no se le ha emitido ninguno de esos números, los últimos cuatro dígitos del número del seguro social o bien una declaración de que al solicitante no se le ha emitido ninguno de esos números;
  • La dirección en la cual el solicitante se encuentra registrado;
  • La dirección a la cual debe enviarse la boleta, si es distinta y si la ley lo ha autorizado (vea a continuación);
  • Un motivo válido para votar por correo;
  • Si usted está votando por correo a causa de una discapacidad, la siguiente declaración: “Afirmo que tengo una enfermedad o una afección física que me impide presentarme en persona en el lugar de votación el día de la elección sin la probabilidad de que necesite asistencia personal para tal fin o de que ello afecte mi salud”.
  • La indicación de la elección para la cual el solicitante está pidiendo votar por correo; Y
  • La firma del solicitante o de un testigo, si corresponde.

Su solicitud de boleta por correo debe enviarse al Secretario de votación anticipada en el condado en el cual usted está registrado para votar. Las solicitudes deben recibirse a más tardar el último día del período de solicitud (la fecha del sello del correo debe ser anterior). El secretario de votación anticipada debe recibir todas las solicitudes para votar por correo antes del cierre del día hábil o al mediodía, según lo que ocurra más tarde.

Para la elección del 4 de mayo de 2024, el último día en que el Secretario de votación anticipada puede recibir su ABBM es el martes, 23 de abril de 2024.

Las solicitudes para votar por correo deben ser enviadas en persona o por correo postal, servicio de transporte común o contratado, correo electrónico o fax. Si usted envía su solicitud al Secretario de votación anticipada por fax o por correo electrónico, también debe enviarle la solicitud por correo postal de modo tal que el Secretario la reciba a más tardar el cuarto día hábil posterior al día en el cual el Secretario recibió su solicitud por fax o por correo electrónico. Si usted envía su solicitud por fax o por correo electrónico a más tardar en la fecha límite indicada a continuación, su solicitud se considerará completa y oportuna siempre que la solicitud original sea recibida por el secretario de votación anticipada a más tardar el cuarto día hábil posterior a la fecha en que se envió por fax o por correo electrónico.

Puede enviar su solicitud de boleta por correo al Secretario de votación anticipada de las siguientes maneras:

  • Entrega en persona;
  • Correo común;
  • Servicio de transporte común o contratado; o
  • Fax (si existe una máquina de fax disponible para el Secretario de votación anticipada)
  • Correo electrónico (envíe una solicitud firmada y escaneada como adjunto a un mensaje de correo electrónico dirigido al Secretario de votación anticipada)