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El 4 de mayo de 2024 son las Elecciones Uniforme
El último día para registrarse para votar
es el 4 de abril de 2024




Asuntos de Votación Para Los Evacuados de Texas Debido a Desastres Naturales

La Secretaria de Estado y su personal desean expresar su simpatía a todos los Texanos afectados por desastres naturales.  Si ha evacuado su residencia de Texas debido a un desastre natural, también nos gustaría brindarle información con respecto a la votación en las próximas elecciones.  Entendemos que muchos votantes están pasando por un momento difícil.  Las preguntas frecuentes a continuación representan lo que creemos que serán las preguntas más comunes para que usted revise y determine cuáles se aplican a su situación.  Le recomendamos revisar toda la información y las preguntas a continuación.

ASUNTOS DE IDENTIFICACIÓN DE VOTANTES DE TEXAS PARA EVACUADOS DE TEXAS DEBIDOS A DESASTRES NATURALES

Pregunta: ¿Qué hago si mi identificación para votar fue destruida o no puedo acceder debido a un desastre natural?

Respuesta: Si un votante puede regresar a su condado de origen, puede votar como de costumbre en el centro de votación de su condado. Entendemos que esto no es posible para todos los afectados por desastres naturales, pero sugerimos que los votantes consulten con su condado, vía teléfono o en línea, para la información local más reciente sobre los centros de votación y la votación anticipada.

Finalmente, tenga en cuenta que los votantes que no poseen una forma de identificación aprobada con fotografía y que no pueden razonablemente obtener una de las siete formas de identificación aprobadas con fotografía, pueden presentar una forma de identificación adicional y ejecutar una Declaración de Impedimento Razonable, explicando el impedimento razonable del votante para obtener una forma de identificación aprobada con fotografía, declarando que la información contenida en la declaración es verdadera, que el votante es el mismo individuo que aparece personalmente en la casilla electoral para firmar la declaración, y que el votante enfrenta un impedimento razonable para procurar una forma de identificación aprobada con fotografía.

ASUNTOS DE RESIDENCIA EN TEXAS PARA LOS EVACUADOS DE TEXAS POR DESASTRES NATURALES

Si un votante es capaz de regresar a su casa, puede votar como de costumbre en su lugar de votación en el condado. Entendemos que esto no es posible para todos los afectados por la tormenta, pero sugerimos que los votantes consulten con su condado, vía teléfono o en línea, para la información local más reciente sobre los lugares de votación y la votación anticipada.

Reconocemos que la evacuación es una experiencia difícil y que los votantes pueden no estar seguros de sus futuros arreglos de vivienda, ni a corto ni a largo plazo. Con respecto a la residencia, nuestra respuesta a los evacuados es la misma que para cualquier votante -- el votante es quien decide qué considera el votante como su hogar. El votante tendrá que tomar decisiones por ciertos plazos, ya que todos los plazos regulares siguen fijos y no han sido renunciados. Los votantes que han sido desplazados tienen varias opciones para votar en una elección.

Pregunta 1: Soy un votante registrado en Texas, y actualmente soy un evacuado viviendo con mi familia en otro lugar en Texas (fuera de mi condado de inscripción). Mi futuro es tan incierto; No estoy seguro de qué decir en los formularios.

Respuesta:Nuestro consejo para estos individuos es que evalúen todos los hechos conocidos por ellos, dada la incertidumbre general, y luego decidan qué consideran su dirección permanente en ese momento:

Lo que esto significa para usted:

Si desea registrarse en el hogar familiar donde vive actualmente como evacuado o en una dirección en la que planea vivir pronto, puede registrarse para votar en esa dirección antes de la fecha límite de inscripción de votantes para la elección en la que desea votar. Si envía por correo su solicitud de registro de votante, debe estar matasellada antes de la fecha límite de registro de votantes. Tenga en cuenta que si se aprueba su solicitud de registro de votante, el registro entrará en vigencia el día 30 después de la fecha en que se presentó la solicitud al registrador o en la fecha en que el solicitante cumpla 18 años, lo que ocurra más tarde.

Si desea permanecer registrado en el lugar donde normalmente vive que se encuentra en un condado afectado por un desastre natural, incluso si se encuentra temporalmente fuera de esa casa debido a los daños causados por el desastre natural, y desea solicitar una boleta por correo, consulte la Pregunta 2.

Pregunta 2: Es importante para mí mantener mí residencia en la zona afectada, aunque mi casa es actualmente inhabitable y no sé cuándo podré volver a esa residencia. ¿Cómo puedo votar?

Respuesta:La ley le permite reclamar su dirección anterior como su hogar si tiene la intención de regresar a esa dirección y posiblemente pueda hacerlo en algún momento en el futuro. Lo importante es que pueda decir sinceramente que este lugar fue su hogar en el pasado, y su intención es regresar..

La mejor opción si considera que está temporalmente alejado del condado de su residencia en el área afectada por un desastre natural y desea permanecer registrado en esa dirección es votar por correo.

Los votantes que deseen votar por correo deben enviar una Solicitud de Boleta por Correo a la oficina electoral de su condado (el condado en el que están registrados para votar y en el que desean permanecer registrados para votar). La solicitud debe ser recibida a más tardar al cierre de los negocios regulares en la oficina del secretario de votación anticipada o a las 12 del mediodía, lo que ocurra más tarde, el día 11 antes del día de la eleccion, a menos que ese día sea un sábado, domingo o feriado estatal o nacional legal, en cuyo caso el último día es el primer día hábil regular anterior.

La solicitud puede ser enviada por correo, por fax o por correo electrónico al secretario de votación anticipada. Si un ABBM (Solicitud de Boleta por Correo por sus siglas en inglés) se envía por fax o correo electrónico, entonces la copia impresa original de la solicitud DEBE ser enviada por correo y recibida por el secretario de votación anticipada a más tardar el cuarto día hábil. Recomendamos que los votantes se comuniquen con el secretario de votación anticipada de su condado para confirmar el método preferido actual para presentar una Solicitud de Boleta por Correo.

Si solicita el votor por correo porque se encuentra temporalmente fuera de su condado de origen en Texas, entonces en la Solicitud de Boleta por Correo, debe marcar la casilla en el formulario que indica que tiene una ausencia esperada del condado, y usted deberá proporcionar una dirección postal para la boleta que se encuentra fuera de su condado de origen.

Tenga en cuenta que los votantes que tienen 65 años de edad o más el día de la elección o que tienen una discapacidad también pueden solicitar una boleta por correo y, si no pueden recibir la boleta en su domicilio normal, pueden pedir que su boleta se envíe a la dirección de un hogar de ancianos, hospital u otro centro de atención en el que se encuentren o la dirección de un familiar en el que puedan recibir la boleta electoral. Un enlace a la Solicitud de Boleta por Correo (PDF) está disponible aquí.

Pregunta 3: ¿Cuáles son algunos plazos u otros procedimientos que debo tener en cuenta?

Respuesta: Algunos de los plazos importantes relacionados con las elecciones a tener en cuenta son los siguientes:

Si se mudó a un nuevo condado y no se ha vuelto a registrar en el nuevo condado antes de la fecha límite de inscripción de votantes, puede ser elegible para votar una boleta limitada en su nuevo condado. Una boleta limitada significa que se le permitirá votar sobre cualquier candidato y medidas en común entre su condado anterior y el nuevo. Este procedimiento solo está disponible durante el período de votación anticipada en el lugar principal de votación anticipada; NO puede votar una boleta limitada el día de las elecciones. Debe ser un votante registrado actual en su condado anterior para calificar O debe haber sido registrado en su condado anterior al momento de presentar una solicitud de registro de votante en su nuevo condado, si ya lo ha hecho. Para obtener información complete sobre este procedimiento (includia la opción por correo, si está calificado para votar por correo), vaya a Procedimientos Especiales para Votación Anticipada. Si considera que reúne requisites para votar una boleta limitada, le recomendamos que se comunique con la oficina del secretario de votación anticipado de su nuevo condado.

Si cambia de domicilio nuevo, deberá de tramitar por escrito la información acerca de su cambio de domicilio con su registrador electoral, O puede presentar el cambio de domicilio por el sitio de web. Si no cumplió este plazo y se mudó dentro del condado, puede regresar al recinto en el que está actualmente registrado para votar (su distrito “antiguo”) y, en ese lugar, deberá completar una “declaración de residencia” confirmando su nueva dirección. Esto actuará para actualizar su información de registro para el futuro. Entonces se le permitirá votar con una boleta regular siempre que sea elegible.

Pregunta 4: Soy un evacuado que vive con la familia en otro estado. ¿Cómo afecta esto su consejo?

Respuesta: Si por motivos militares u otras razones, usted ha salido de los Estados Unidos, usted puede usar la Tarjeta Federal Postal de Solicitud (FPCA por sus siglas en inglés). Un enlace a la Tarjeta Federal Postal de Solicitud está disponible aqui.

Si desea registrarse y votar en el otro estado en el que reside actualmente, deberá ponerse en contacto con el funcionario electoral de ese estado para conocer los requisitos para registrarse para votar y votar en ese estado.

Para obtener una lista de información de contacto para otros estados, consulte el sitio de la Comisión Federal de Elecciones.

Pregunta 5: Soy un evacuado que vive con su familia o amigos fuera de los Estados Unidos. ¿Cómo afecta esto su consejo?

Respuesta: Si por motivos militares u otras razones, usted ha salido de los Estados Unidos, usted puede usar la Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA). Un enlace a la Solicitud de Tarjeta Postal Federal (PDF) está disponible aqui.

Información adicional con respecto a la Solicitud de Tarjeta Postal Federal y el Programa Federal de Asistencia para Votar está disponible aquí:  https://www.fvap.gov/

Pregunta 6: ¿Cómo puedo votar si me estoy quedando en un refugio?

Respuesta: Dado el carácter temporal de vivir en un refugio, es posible que no quiera registrarse para votar usando la dirección del refugio. Sin embargo, si considera que el refugio es su hogar por ahora, puede registrarse en esa dirección. Si el refugio no puede recibir correo, entonces puede que desee utilizar un P.O. Box u otra dirección postal a la cual se puede enviar su nuevo certificado de registro de votante. Si el refugio puede recibir correo, una persona podría poner esa dirección como su dirección de correo en la solicitud de registro de votante.

Tomamos nota que es una buena idea para evacuados actualmente viviendo en refugios, dar tiempo a que la situación se estabilice. (Por ejemplo, muchos están en el proceso de ser transferidos a habitaciones de hotel o considerando otras opciones).

Cualquier evacuado puede llamar a nuestra oficina al 1-800-252-VOTE (8683), y haremos todo lo posible para proporcionar consejo adaptado a su situación específica. Si está en comunicación con alguien que tiene acceso a un teléfono pero no a internet debido a cortes de energía, le recomendamos llamar a nuestro número gratuito o escuchar el radio local para avisos de los funcionarios del condado sobre cuándo las oficinas del condado estarán abiertas para los negocios rutinarios. Para obtener ayuda, también puede enviar un correo electrónico a nuestra oficina.

Pregunta 7: ¿Cómo puedo averiguar si estoy registrado o dónde estoy registrado? ¿Qué debo hacer si no estoy registrado para votar?

Respuesta:Si quiere asegurarse de estar registrado (y donde), puede buscarse en nuestro sitio web. Si no está registrado para votar, haga la mejor elección posible basándose en los hechos conocidos acerca de cuál es su dirección de residencia y dirección postal, y luego inscríbase para votar como de costumbre en o antes de la fecha límite de inscripción de votantes. Aplique para votar por correo si es necesario.

Pregunta 8: No estoy seguro si en este momento estoy en el mismo condado donde estoy registrado para votar. ¿Cómo puedo averiguarlo?

Respuesta:En nuestras preguntas frecuentes sobre votantes, tenemos enlaces para ayudar a identificar en qué condado se encuentra:

Como se explica más detalladamente en las preguntas generales frecuentes sobre votantes, bajo la ley de Texas, si se muda dentro del mismo condado, puede regresar a la ubicación que sirve a su distrito electoral y votar. Si todavía está en el mismo condado de Texas en el que está registrado, una buena opción es votar temprano por presencia personal. Los lugares de la votación anticipada por presencia personal se establecen para servir a todos los recintos de votación dentro de ese condado de Texas. Si desea votar el día de la elección, tenga en cuenta que muchos condados volverán a evaluar dónde ubicar los centros de votación; por lo tanto, su centro de votación tradicional (es decir, "donde hemos votado durante años") podría ser trasladado a otra ubicación. Usted debe buscar en la línea del sitio web de un condado las listas de los lugares de votación actuales (para la votación anticipada y el día de la elección).

También puede ir a nuestro sitio web para encontrar su lugar de votación.

Pregunta 9: ¿Cuáles son los plazos para devolver mi boleta por correo?

Respuesta: Si el sobre de envío que contiene la boleta electoral no lleva una marca de cancelación o una marca de recibo, la boleta debe llegar antes del momento en que se requiere que los centros de votación cierren el día de la elección.

Si el sobre de envío lleva una marca de cancelación de un servicio postal o una marca de recibo o de un servicio de mensajería indicando una hora no más tarde de las 7:00 p.m. en el lugar de la elección el día de la elección, entonces la boleta debe ser recibida a más tardar a las 5:00 p.m. el día posterior al día de las elecciones (o el siguiente día hábil si el día siguiente cae en un fin de semana o feriado legal estatal o federal).

Pregunta 10: ¿Se contará mi boleta electoral?

Respuesta: La buena noticia para los votantes afectados por las evacuaciones por desastres naturales es que si su boleta se presenta correctamente y de manera oportuna, entonces se contará. Sin embargo, también debemos advertir a los evacuados que:

Incluso durante este tiempo difícil, sigue siendo la responsabilidad del votante tomar ciertas decisiones en cuanto a lo que él o ella considera su hogar en tiempo para votar, y archivar el papeleo necesario. En cuanto a su boleta siendo contada, los condados de Texas cuentan boletas enviadas por correo de solicitantes de todas partes del mundo..

Pregunta 11: ¿Dónde puedo encontrar información adicional?

Respuesta:  Vaya a votetexas.gov, llámenos al 1-800-252-VOTE (8683), o envíenos un correo electrónico. Tratamos de tener la mayor cantidad de información posible disponible en nuestro sitio web. Por favor recuerde que es possible que no podamos modificar nuestros consejos en línea para situaciones que involucran un desastre natural en particular en cada pá gina de nuestro sitio web. También recomendamos consultar la lista de condados con sus propios sitios web en nuestro directorio.

El propio sitio web del condado (si lo hay) normalmente proporcionará la información mejor y más actualizada para votar en ese condado.

Los eventos que lo llevaron a estas preguntas son extraordinarios. Sin embargo, en términos de la ley electoral, usted es como muchos otros votantes de Texas que están en movimiento. Estamos seguros poder encontrar los procedimientos que necesita para ayudarle a votar, y le agradecemos que haya pensado en votar durante este tiempo difícil.

Sinceramente,

Personal de la División de Elecciones
Secretario de Estado de Texas
1-800-252-8683
Elections@sos.texas.gov

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